CLASIFICADOR POR OBJETOS DE GASTOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO |
DEROGADA A PARTIR DEL 01/01/2007
Documentos de Referencia:
Derogado por Resolución No. 209/06, Ministerio de Finanzas y Precios, de 09/08/2006
Aprobado por la Resolución No. 32/97, del Ministerio de Finanzas y Precios, de 17/07/1997
Reaprobada por la Resolución No. 235/05, Ministerio de Finanzas y Precios, de 30/09/2005
Modificada por la Resolución No. 226/06, Ministerio de Finanzas y Precios, de 11/08/2006.
CLASIFICADOR POR OBJETOS DE GASTOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO:
(Resuelvo Séptimo, Resolución 235/05, MFP Se aplicará el Clasificador por Objetos de Gastos para la actividad presupuestada aprobado por la Resolución No. 32, de fecha 17 de julio de 1997 de este Ministerio aplicable a las unidades presupuestadas cuyos ingresos se aportan al Presupuesto del Estado y cuyos Gastos son financiados por dicho presupuesto, que se integra a la Sección IV Nomencladores y Clasificadores, Capítulo 4.3 Clasificadores de las Normas Cubanas de Información Financiera.)
Introducción
Las clasificaciones de gastos presupuestarios están enmarcadas dentro de los sistemas de información, en cuanto constituyen un ordenamiento de los datos estadísticos de las transacciones o erogaciones públicas que las instituciones o el gobierno realiza en un período determinado, lo que posibilita un análisis objetivo de las acciones ejecutadas por el Sector Público.
Las más aceptadas y utilizadas son aquellas que reúnen los requerimientos de orden contable, funcional, administrativo o institucional, económico y programático que hoy en día exige el análisis y buen manejo de las finanzas públicas, encontrándose entre ellas, la CLASIFICACIÓN POR OBJETOS DE GASTOS.
La clasificación por objetos de gastos se conceptúa como un ordenamiento sistemático y homogéneo de los bienes y servicios, las transferencias y las variaciones de activos y pasivos que el Sector Público aplica en el desarrollo de su proceso, al constituir un instrumento informativo para el análisis y seguimiento de la gestión financiera y, en consecuencia, destacarse como un clasificador analítico o primario del sistema de clasificaciones de gastos presupuestarios.
Objetivos e importancia del Clasificador por Objetos de Gastos
Identificar con claridad los gastos del personal, de los bienes y los servicios que se adquieren, las transferencias que se realizan y las aplicaciones u operaciones financieras previstas en el presupuesto.
Facilitar la programación de las adquisiciones de bienes y servicios, el manejo de los inventarios y otras acciones relacionadas con las modalidades de administración de bienes del Estado.
Ofrecer las bases para la estructuración del resto de las clasificaciones de gastos presupuestarios.
Posibilitar el desarrollo de la Contabilidad Presupuestaria.
Ejercer el control, tanto interno como externo, de las transacciones del Sector Público.
Facilitar la rendición de las cuentas y la auditoría de las mismas, al ofrecer información sobre la demanda de bienes y servicios que realiza el Sector Público.
La clasificación por objetos de gastos, sin perder su finalidad contable tradicional, posibilita alcanzar en toda su plenitud un control eficiente, identificar el sentido de la demanda del Sector Público y el destino de los recursos utilizados.
CLASIFICADOR POR OBJETOS DE GASTOS
El Clasificador por Objetos de gastos ha sido diseñado con un nivel de desagregación que permite que sus análisis faciliten el registro único de todas las transacciones realizadas por el Presupuesto del Estado, por concepto de gastos corrientes de la actividad presupuestada, empresarial, de inversiones y otros.
Esta nueva concepción, que difiere del clasificador vigente, parte del hecho de la necesidad de registrar y evaluar el conjunto de erogaciones programadas y ejecutadas por el Sector Público en un período determinado, así como la conveniencia de acercarnos a la terminología más utilizada en la práctica internacional, de manera que nuestros gastos sean comparables con los de otros países del continente.
CLASIFICADOR POR OBJETOS DE GASTOS
INCISO | EPÍGRAFE | PARTIDA |
OBJETO DE GASTO |
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Reserva calificada |
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Generales |
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De Destino Específico |
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Compra de Activos Fijos Tangibles – Unidades Presupuestadas (Resolución No. 226/06, MFP) |
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EXPLICACIÓN DE LOS ANÁLISIS DE GASTOS
GASTOS DEL PERSONAL: Representa las retribuciones al personal, de las entidades presupuestadas, cualquiera que sea la forma o el concepto por el que se liquiden. Incluye los gastos por otras retribuciones que se pagan, entre ellas: adiestrados, licencias deportivas, reserva calificada y las facilidades concedidas a los trabajadores por el Decreto-Ley 91/81 y las prestaciones de la seguridad social a corto plazo que pagan las unidades presupuestadas.
GASTOS DE BIENES Y SERVICIOS: Expresa los gastos de funcionamiento, los de mantenimiento, los de suministros, la compra de artículos, materiales y todos los demás bienes que se consumen en las actividades presupuestadas. Incluye todos los demás servicios en que incurren estas entidades y los gastos propios del personal en funcionamiento fuera de su lugar habitual de trabajo.
GASTOS EN TRANSFERENCIAS CORRIENTES: Incluye los egresos corrientes en favor de empresas del sector público, unidades presupuestadas, instituciones culturales y científicas, organizaciones, asociaciones, otras entidades no pertenecientes al sector público, presupuestos provinciales, municipales y de seguridad social y a personas naturales, que no suponen una contraprestación en servicios o bienes. También incluye las donaciones al exterior.
GASTOS DE CAPITAL: Comprende los egresos derivados de la ejecución financiera real de las inversiones, la depreciación de los activos fijos tangibles, la amortización de los intangibles y el aumento de la dotación de capital de trabajo de las unidades presupuestadas.
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL: Incluye los egresos en favor de empresas del sector público, entidades no pertenecientes al sector público, presupuestos provinciales y municipales con fines de inversión y que no suponen una contraprestación en servicios o bienes. También incluye las donaciones al exterior con igual finalidad. Además incluye los aumentos de capital de trabajo de las empresas del sector público y los aumentos de los inventarios estatales y los gastos que éstos ocasionan que se financian por el presupuesto.
GASTOS E INVERSIONES FINANCIERAS: Incluye los egresos vinculados con las obligaciones de la deuda pública, tanto interna como externa. Comprende la amortización, los intereses, las comisiones y los otros gastos relacionados con la deuda pública. Asimismo comprende los aportes de capital, concesión de préstamos y la adquisición de títulos y valores.
Salarios: Representan las remuneraciones que, de acuerdo con la legislación vigente, se pagan a los trabajadores en consideración a la cantidad y calidad del trabajo aportado y al sistema de tarifas y primas establecido. Comprende los salarios del personal que ocupa cargos en la plantilla de las entidades presupuestadas, y del personal contratado para desempeñar cargos temporalmente, pero que son necesarios para realizar una tarea dada o un trabajo requerido. También incluye los salarios que se paguen al personal movilizado militarmente, por licencias culturales o de otro tipo, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación vigente.
Otras Retribuciones: Representan las remuneraciones que, de acuerdo con la legislación vigente, se pagan a los trabajadores que no son consideradas salarios:
Adiestrados: Comprende los gastos de estipendios por los graduados adiestrándose en la entidad, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 5/93, del Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social, actualmente Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Licencias Deportivas: Comprende los gastos por las licencias deportivas establecidas por el Código de Trabajo en el artículo 120, inciso d y reguladas por el Decreto No. 134, de fecha 6 de mayo de 1986, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, así como por el procedimiento financiero correspondiente establecido por el extinguido Comité Estatal de Finanzas.
Estipendio a Trabajadores: Comprende los gastos correspondientes a los estipendios, que en sustitución de sus salarios se les entregan a los trabajadores de la propia entidad que estén cursando estudios y que impliquen la no realización de su actividad laboral habitual durante el período de estudio. Incluye los estipendios pagados a otros trabajadores que estén pasando cursos de postgrados (los que sólo se pagarán en los casos autorizados por las disposiciones legales vigentes y en las cuantías establecidas en éstas), así como por otros conceptos regulados por la legislación vigente.
Facilidades a Trabajadores - Decreto 91/81: Representa los gastos correspondientes a las facilidades concedidas a los trabajadores, de las entidades presupuestadas, que se establecen en el Decreto 91/81. Comprende los importes de los préstamos que por este concepto se le otorguen a los trabajadores e incluye el 9,09% por la acumulación de las vacaciones anuales a pagar, por días dejados de trabajar, amparados por licencias, sean éstas con o sin sueldo (con préstamos o sin préstamos), de acuerdo con lo regulado al respecto.
Otras: Representa los gastos que en sustitución del salario se pagan a los trabajadores por conceptos no nominalizados anteriormente.
Prestaciones de la Seguridad Social a Corto Plazo: Gastos de las unidades presupuestadas por concepto de prestaciones monetarias por subsidios por enfermedad o accidente común, enfermedad profesional, accidentes del trabajo y las licencias por enfermedad.
2 - GASTOS DE BIENES Y SERVICIOS
Viáticos: Incluye los gastos correspondientes a la alimentación, alojamiento y transportación de los trabajadores durante el desempeño de labores asignadas por la entidad presupuestada, que impliquen una variación de su lugar habitual de alimentación o alojamiento, o que requieran gastos adicionales de transportación o pasajes a los habituales. También comprende los gastos en la alimentación del personal que realiza labores fuera de su horario de trabajo, sin retribución adicional por este tiempo y que provoque la necesidad de modificar su lugar habitual de alimentación, así como los gastos equivalentes a los anteriores, en los siguientes casos, de acuerdo con las regulaciones vigentes:
Asesores técnicos extranjeros en viajes o recorridos en función de su cargo,
Afiliados a las organizaciones y asociaciones vinculadas al Presupuesto Central en la realización de tareas concretas asignadas por la organización o asociación.
Comprende las partidas de gastos siguientes:
Alimentación: Comprende los gastos por concepto de dietas entregadas a los trabajadores por este concepto o los gastos para garantizar su alimentación directa. Por esta partida se clasifican las dietas fijas de educación a los inspectores y maestros rurales.
Transportación: Comprende los gastos de transportación o pasajes de los trabajadores durante el desempeño de labores asignadas por su entidad.
Alojamiento: Comprende los gastos por dietas entregadas a los trabajadores por este concepto o los gastos de este tipo incurridos para garantizar el alojamiento a éstos.
Alimentos: Incluye los gastos en alimentos correspondientes a los comensales autorizados por la legislación vigente a los que se les presta este servicio, incluidos los de cafeterías y comedores obreros. Comprende tanto el gasto en los productos alimenticios como en los servicios de alimentación que sean necesarios contratar por las unidades presupuestadas.
Vestuario y Lencería: Registra los gastos correspondientes al vestuario y a la lencería de los usuarios a los que la legislación vigente les concede este derecho en las unidades presupuestadas. Comprende las partidas de gastos siguientes:
- Vestuario: Gastos correspondientes a los uniformes, ropa de trabajo y de vestir, calzado de uniformes, trabajo y de vestir, ropa interior y de abrigo, ropa de protección e higiene del trabajo.
- Lencería: Gastos correspondientes a la ropa de dormir y zapatillas, sábanas, fundas, sobrecamas, colchones y colchonetas, hules para cama, almohadas, mosquiteros, tohallas.
Materiales para la Enseñanza: Representa los gastos correspondientes a los materiales y utensilios utilizados para impartir la enseñanza en cualquiera de los niveles educacionales (libros, cuadernos, folletos, libretas, instrumentos audio visuales, lápices, gomas, bolígrafos, reglas, tizas, mapas, atlas, pizarras, pantallas, borradores y otros afines). También incluye los materiales para la enseñanza y los juguetes, que se utilizan en los círculos infantiles y jardines de la infancia; así como los gastos de libros y demás documentos propios de las bibliotecas de los centros educacionales, afines con los anteriores, que se autoricen por la legislación vigente; así como otros que se utilicen en la docencia (útiles, materiales de laboratorios, herramientas en talleres de institutos tecnológicos, etc.).
Medicamentos y Materiales Afines: Incluye los gastos por concepto de medicamentos, materiales de curación, materiales de laboratorio y radiográficos, instrumental médico, estomatológico y veterinario, que se utilizan para la curación y profilaxis humana y veterinaria, así como en las investigaciones para alcanzar mayores logros en la salud pública, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación vigente.
No incluye los gastos de medicamentos y materiales de curación propios para los botiquines de primeros auxilios que se mantienen en las entidades presupuestadas ajenas a las instituciones de salud pública, los que clasificarán dentro del epígrafe Gastos Varios.
Materiales y Utensilios Deportivos: Incluye los gastos por concepto de objetos y materiales destinados a la práctica de los deportes tales como: pelotas, guantes, bates, balones, vestuario deportivo, etc., en correspondencia con lo regulado al respecto.
Energías, Combustibles y Lubricantes: Gastos correspondientes a la energía consumida (fundamentalmente eléctrica) y el consumo de combustibles y lubricantes.
Otros Gastos Fundamentales: Comprende los otros gastos propios de las actividades que se realizan en cada grupo presupuestario (Consumo material, servicios productivos, servicios no productivos y otros gastos), que no se encuentren comprendidos en los demás epígrafes de gastos de este clasificador. Comprende las siguientes partidas de gastos:
Otros Consumos Materiales: Gastos correspondientes a los demás consumos materiales que no se incluyen en las otras partidas de este epígrafe.
Telefonía: Gastos correspondientes por el uso de este servicio.
Servicios de Comunicaciones: Gastos por estos servicios. Para uso del Instituto Cubano de Radio y Televisión y otras entidades autorizadas.
Transporte Contratado: Gastos correspondientes al servicio de transporte que se contrata ya sea por ómnibus, tren, hidrodeslizador, autos, etc. No incluye el gasto del transporte contratado para el traslado de trabajadores fuera de su lugar habitual de trabajo, por cuanto éste se contempla en el gasto de viáticos.
Impuestos, Tasas y Primas de Seguros: Gastos por concepto del pago de los impuestos y tasas a que están obligadas las unidades presupuestadas. También incluye los gastos por primas de seguros.
Otros Servicios Productivos: Gastos correspondientes a los otros servicios productivos recibidos, que no estén incluidos en las anteriores partidas del presente epígrafe. Estos servicios son los que prestan las entidades que clasifican dentro de los sectores productivos, incluyendo adicionalmente los gastos por el servicio de agua, a las unidades presupuestadas.
Otros Gastos no Productivos: Gastos correspondientes a los servicios no productivos recibidos por las unidades presupuestadas, de las entidades que clasifican dentro de los sectores no productivos, excepto el servicio de agua; así como los otros gastos monetarios que no corresponden al consumo material ni a servicios productivos: servicios de alojamiento, que no incluyen los gastos correspondientes a los trabajadores fuera de su lugar habitual de trabajo por cuanto son gastos de viáticos (casa de visitas, albergues de damnificados, etc.), entradas a espectáculos, servicios de parqueo, servicios a la población, servicios de ciencia y técnica, otros servicios y pagos monetarios no productivos.
Operaciones no Comerciales: Incluye los gastos en moneda nacional que se incurren como contrapartida del Plan de Divisas para Operaciones no Comerciales. Incluye los gastos de transportación aérea internacional (pasajes aéreos internacionales, exceso de equipaje, carga aérea, vuelos charters, aviso de transportación prepagada PTA, orden de cargos misceláneos "MC"). No incluye los gastos de las empresas como contrapartida en moneda nacional del Plan de Divisas para Operaciones no Comerciales, ni los gastos de inversiones de este tipo que se encuentren incluidos en proyectos inversionistas aprobados en el Plan de Inversiones del Ministerio de Economía y Planificación, de acuerdo con lo dispuesto por la legislación vigente.
Comprende las siguientes partidas:
Transportación Aérea Internacional: Gastos incurridos por este concepto.
Otros Gastos: Comprende los otros gastos por otros conceptos pagados en moneda nacional como contrapartida del Plan de Divisas mencionado.
Gastos Varios: Comprende los gastos específicamente nominalizados en las diferentes partidas de este epígrafe incurridos por las entidades presupuestadas. También se incluyen aquellos gastos ajenos en su esencia a las actividades propias de cada grupo presupuestario en que puedan incurrir estas entidades en un momento dado y no estén comprendidos específicamente en otros epígrafes y partidas del presente clasificador, a tenor de lo regulado al respecto.
Comprende las siguientes partidas:
Consumo Material: Gastos ajenos en su esencia a las actividades propias de cada grupo presupuestario que corresponden a consumos de materiales.
Servicios Productivos: Gastos ajenos en su esencia a las actividades propias de cada grupo presupuestario que representen servicios productivos recibidos de las entidades que clasifican dentro de los sectores productivos, incluyendo el servicio de agua.
Faltantes de Recursos: Incluye los faltantes de medios materiales y de efectivo en las unidades presupuestadas cuyos gastos son financiados totalmente por el Presupuesto a los que no se les ha podido aplicar la responsabilidad material.
Sanciones: Gastos por concepto de multas y demás sanciones que estén obligadas a pagar las entidades presupuestadas, según lo establecido en la legislación vigente. Comprende los siguientes gastos:
Multas por incumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Cobros y Pagos.
Sanciones pecuniarias de los Tribunales de Litigios Económicos.
Recargo por mora por el pago fuera de fecha de las obligaciones con el Presupuesto.
Indemnizaciones: Gastos en que se incurre por el financiamiento a las unidades presupuestadas por conceptos tales como: desastres naturales, decisiones estatales, daños o perjuicios ocasionados a personas naturales o jurídicas, etc., de acuerdo con las regulaciones vigentes.
Otros: Gastos por igual concepto no detallados anteriormente.
A Empresas del Sector Público No Financiero: Incluye todas las subvenciones destinadas al auxilio económico a las empresas de acuerdo con la legislación vigente. Incluye las siguientes partidas:
Subsidio por Pérdidas: Financiamiento del Presupuesto en los casos requeridos concedido a estas entidades cuando sus ingresos no cubren totalmente sus gastos.
Subsidio a Productos y Servicios: Financiamiento que otorga el Presupuesto para cubrir las pérdidas de una producción o servicio cuando el precio de venta es inferior a su costo y se reconoce así oficialmente.
Subsidio por Diferencias de Precios Minoristas: Financiamiento que otorga el Presupuesto a las empresas que se decida por la legislación vigente, por la diferencia entre el precio de venta y el precio de empresa.
Subsidio por Rebajas de Precios Minoristas: Financiamiento que otorga el Presupuesto a las empresas que se decida por la legislación vigente, por rebajas aprobadas a los precios minoristas.
Subsidio por Paralizaciones: Financiamiento que otorga el Presupuesto a las entidades para el mantenimiento y conservación de los equipos paralizados, e incluye la depreciación de éstos, vinculadas a decisiones inducidas por el Período Especial o por estrategias productivas y no por paralizaciones normales del proceso de producción o servicio.
Subsidio por Garantía Salarial a Trabajadores Disponibles Financiamiento que otorga el Presupuesto a las entidades para el pago de los salarios que no tienen una expresión productiva, motivado por plantillas en exceso en relación al nivel productivo que realizan y que dadas las regulaciones laborales y salariales vigentes, deben continuar asumiéndose.
Subsidio Infraestructura Ferroviaria: Financiamiento que otorga el Presupuesto al Ministerio del Transporte por este concepto.
Apoyo al Sector Agropecuario: Financiamiento que otorga el Presupuesto a las empresas de este sector para cubrir en todo o en parte gastos por conceptos, tales como: movilización de trabajadores, incremento de áreas cañeras, etc.
Inventarios Estatales: Financiamiento a estas entidades por el valor de sus inventarios que pasan a ser inventarios estatales.
Otros Subsidios y Asignaciones : Financiamientos que otorga el Presupuesto a las empresas, previamente autorizados por el Ministerio de Finanzas y Precios y que no están contemplados en las partidas anteriores, tales como:
el exceso entre los gastos a recobrar, y el importe a pagar por el trabajo realizado por la fuerza de trabajo estudiantil en las movilizaciones efectuadas, en base a lo establecido en las resoluciones que al respecto emita el Ministerio de Finanzas y Precios.
A Empresas del Sector Público Financiero: Financiamiento a empresas públicas financieras para atender gastos corrientes.
Fondo en Fideicomiso: Financiamiento que entrega el Presupuesto a una entidad en fideicomiso para su administración de acuerdo con las regulaciones emitidas a esos efectos.
A Entidades no Pertenecientes al Sector Público: Financiamiento a entidades no pertenecientes al sector público para atender gastos corrientes.
Subsidio a Organizaciones y Asociaciones: Gastos correspondientes a la concesión de recursos a las organizaciones y asociaciones para cubrir los déficits planificados entre sus ingresos y gastos (los órganos y organismos del Estado y sus dependencias, para poder incurrir en estos gastos deben ser previamente autorizados por el Ministerio de Finanzas y Precios).
Ayuda Económica a las UBPC: Gastos correspondientes a la ayuda económica que otorga el Presupuesto a estas entidades.
Apoyo al Sector Agropecuario: Financiamiento que otorga el Presupuesto a entidades no pertenecientes al sector público para cubrir en todo o en parte gastos por conceptos, tales como: movilización de trabajadores, incremento de áreas cañeras, etc.
Otras: Financiamiento de otros gastos por este concepto no nominalizados anteriormente.
A los Presupuestos Provinciales y Municipales: Financiamiento a los Presupuestos Provinciales y Municipales para cubrir el déficit presupuestario aprobado para el año, así como para gastos que corresponden al Presupuesto Central y se ejecutan por estos Presupuestos.
Generales: Para cubrir el déficit presupuestario.
De Destino Específico: Para financiar los gastos que corresponden al Presupuesto Central.
Donaciones al Exterior: Financiamiento para cubrir las donaciones corrientes otorgadas por el Estado cubano al exterior.
Del Presupuesto de la Seguridad Social: Financiamiento que otorga este Presupuesto para cubrir el pago a los beneficiarios de la seguridad social de las pensiones por invalidez total o parcial, por edad, por muerte del trabajador, del pensionado o de otra persona de las protegidas por la Ley y otros pagos que se efectúan por este Presupuesto.
Pensiones a Corto Plazo: Gastos destinados a cubrir temporalmente actividades de la Seguridad Social. Incluye los subsidios a trabajadores enfermos de tuberculosis pulmonar, de acuerdo a la Resolución No. 8 de 1992 del CETSS, la Seguridad Social a corto plazo del sector privado, las prestaciones económicas a la madre trabajadora por 3 meses una vez vencida su licencia de maternidad, de acuerdo a la Resolución No. 10 de 1991 del CETSS, las pensiones por invalidez parcial, así como otros conceptos de gastos que se determinen de acuerdo a las legislaciones vigentes.
Pensiones a Largo Plazo: Gastos destinados a cubrir el pago de pensiones y rentas vitalicias de Seguridad Social.
Al Presupuesto de la Seguridad Social: Gastos de las unidades presupuestadas por la contribución a la seguridad social del tanto por ciento establecido e importe de la subvención que otorga el Presupuesto Central al de la Seguridad Social para cubrir la diferencia entre sus ingresos y sus egresos.
Contribución a la Seguridad Social a Largo Plazo: Gastos de las unidades presupuestadas por la Contribución a la Seguridad Social del tanto por ciento establecido.
Subvención del Presupuesto Central: Importe de la subvención que otorga el Presupuesto Central al de la Seguridad Social para cubrir la diferencia entre sus ingresos y sus egresos.
De la Asistencia Social: Comprende los gastos destinados a la atención de los casos que presentan estado de necesidad y los cuales asume la Asistencia Social en forma Centralizada, de acuerdo a las legislaciones vigentes. Incluye las siguientes partidas:
Prestaciones en Efectivo: Gastos destinados a cubrir ayuda económica que se hacen mediante la entrega directa a los beneficiarios del efectivo.
Prestaciones en Especies: Gastos destinados a cubrir ayuda económica que se hacen mediante la entrega de productos o la prestación de servicios.
Garantía Salarial a Trabajadores Disponibles UP: Gastos destinados a cubrir el pago por las unidades presupuestadas de la garantía salarial a los trabajadores declarados disponibles, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
Otras: Otros gastos por este concepto no nominalizados anteriormente.
Estipendios a Estudiantes: Incluye los gastos correspondientes a los pagos de estipendios a los estudiantes, que estén comprendidos en las disposiciones legales vigentes emitidas por el Ministerio de Educación y el Ministerio de Educación Superior. Los importes de los estipendios, en cada caso, serán los establecidos en las disposiciones legales vigentes.
Otras Transferencias: Otras transferencias corrientes no nominalizadas anteriormente entre las que se encuentran:
Contingencias y Desastres Naturales: Gastos de las empresas por concepto de contingencias y desastres naturales a financiar por el Presupuesto de acuerdo con la legislación vigente.
Asignaciones: Financiamiento de los conceptos siguientes:
Asignación a las actividades financiadas total o parcialmente con sus ingresos, en unidades presupuestadas (incluyendo las de ciencia y técnica), por la diferencia planificada de sus gastos sobre sus ingresos propios.
Asignación a los Consejos, Institutos, Centros Provinciales y otras entidades culturales que se financien con sus ingresos propios.
Otras: Otras transferencias no nominalizadas anteriormente.
Inversiones Reales UP: Comprende los gastos derivados en la ejecución financiera de las inversiones de unidades presupuestadas, según lo establecido en las disposiciones legales vigentes.
Dotación de Capital de Trabajo UP: Financiamiento del Presupuesto, en los casos requeridos, para el completamiento del capital de trabajo de las unidades presupuestadas, que realizan actividades que financian sus gastos total o parcialmente con sus ingresos (incluyendo los Institutos, Consejos, Centros Provinciales y otras entidades culturales, así como las unidades de Ciencia y Técnica) según lo regulado por la legislación vigente.
Depreciación de Activos Fijos Tangibles UP: Importe destinado a la reposición de estos activos, representativa del desgaste físico o por obsolescencia de éstos.
Amortización de Activos Fijos Intangibles UP: Amortización anual que corresponde por los activos fijos intangible.
5 - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL:
A Empresas del Sector Público no Financiero: Financiamiento para cubrir los gastos de estas entidades por concepto de:
Inversiones Reales: Gastos de las inversiones de estas entidades.
Aumento de Capital de Trabajo: Financiamiento de los aumentos del capital de trabajo aprobado a estas entidades.
Otras: Otras transferencias a estas entidades no nominalizadas anteriormente.
A Empresas del Sector Público Financiero: Financiamiento para cubrir los gastos de inversiones de estas entidades.
A Entidades no Pertenecientes al Sector Público: Financiamiento para cubrir gastos de inversiones de estas entidades.
A los Presupuestos Provinciales y Municipales: Financiamiento para cubrir los gastos de inversiones de estos presupuestos.
Donaciones al Exterior: Financiamiento para cubrir los gastos de inversiones donadas por el Estado cubano al exterior.
Fondo para el Contravalor: Recursos que se entrega a los órganos y organismos para la compra y venta de MLC. a sus entidades que operan con este tipo de moneda.
Otras Transferencias: Financiamiento para cubrir gastos de inversiones no nominalizados anteriormente.
6 - GASTOS E INVERSIONES FINANCIERAS
Deuda Pública y Préstamos Internos: Comprende los gastos derivados del financiamiento y liquidación de la deuda interna del país.
Deuda Pública y Préstamos Externos: Su contenido es similar al del epígrafe anterior, pero asociado a la deuda con otros países.
Ambos epígrafes se analizan en las siguientes partidas:
Amortización: Desembolsos financieros por concepto de amortización de la deuda pública, tanto interna como externa.
Intereses: Gastos por pagos de intereses de la deuda interna o externa.
Comisiones y Otros Gastos: Gastos incurridos derivados de servicios recibidos asociados a la deuda pública interna o externa, tales como cargos bancarios, tasas de cambio, comisiones, sellos, etc.
Aportes de Capital y Adquisición de Acciones: Gastos que efectúa el Estado en aportes de capital de carácter no reintegrable directo o mediante adquisición de acciones u otros valores representativos de capital a empresas estatales, mixtas o privadas, así como a organismos nacionales e internacionales.
Concesión de Préstamos: Préstamos directos concedidos al sector público y al sector privado y externo.
Corto Plazo: Préstamos directos a corto plazo.
Mediano y Largo Plazo: Préstamos directos a mediano y largo plazo.
Adquisición de Títulos y Valores: Gastos que efectúa el Estado en la adquisición de títulos y valores representativos de deudas.
Otras Aplicaciones:
Otros gastos financieros no nominalizados anteriormente.
CORRELACIÓN DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTOS (NUEVO) Y DEL CLASIFICADOR DE GASTOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO POR EPÍGRAFES Y PARTIDAS (ACTUAL).
CLASIFICADOR NUEVO | CLASIFICADOR ACTUAL | ||||
EP | PT | CONCEPTO DE GASTO | EP | PT | CONCEPTO DE GASTO |
1 | GASTOS DE PERSONAL | ||||
01 | Salarios | 01 | Salarios | ||
02 | Otras Retribuciones | ||||
01 | Adiestrados | 08 | 02 | Estipendio a Trabajadores. | |
02 | Licencias Deportivas | 01 | Salarios | ||
03 | Estipendio a Trabajadores | 08 | 02 | Estipendio a Trabajadores | |
04 | Reserva Calificada | 08 | 02 | Estipendio a Trabajadores | |
05 | Facilidades a Trabajadores Decreto No. 91/81 | 15 | 99 | Otros Gastos no Productivos | |
99 | Otras | ||||
03 | Prestaciones Seg. Social a Corto Plazo | 03* |
Contribución a la Seguridad Social |
||
2 | GASTOS DE BIENES Y SERV. | ||||
01 | Viáticos | 04 | Gastos de Personal | ||
01 | Alimentación | 01 | Alimentación | ||
02 | Transportación | 41 | Pasajes | ||
03 | Alojamiento | 71 | Alojamiento | ||
02 | Alimentos | 05 | Alimentos | ||
03 | Vestuario y Lencería | 06 | Vestuario y Ropa de Cama | ||
01 | Vestuario | 02 | Vestuario | ||
02 | Lencería | 03 | Ropa de Cama | ||
04 | Materiales Enseñanza | 07 | Materiales Enseñanza | ||
05 | Medicinas y Materiales Afines | 09 | Medicina y Materiales Afines | ||
06 | Materiales, Utensilios Deportivos | 15 | 40 | Otros Consumos Materiales | |
07 | Energía, Combustible y Lubricantes | 15 | 04 | Combustibles y Lubricantes | |
42 | Electricidad | ||||
08 | Otros Gastos Fundamentales | 15 | Otros Gastos Fundamentales | ||
01 | Otros Consumos Materiales | 40 | Otros Consumos Materiales | ||
02 | Telefonía | 70 | Otros Servicios Productivos | ||
03 | Servicios de Comunicación | 70 | Otros Servicios Productivos | ||
04 | Transporte Contratado | 43 | Transporte Escolar. Cont. | ||
70 | Otros Servicios Productivos | ||||
05 | Impuestos, Tasas y Primas de Seguros | 99 | Otros Gastos no Productivos | ||
06 | Otros Servicios Productivos | 70 | Otros Servicios Productivos | ||
07 | Otros Gastos no Productivos | 99 | Otros Gastos no Productivos | ||
09 | Operaciones no Comerciales | 16 | Operaciones no Comerciales | ||
01 | Transportación Aérea Internacional | 97 | Transportación Aérea Internacional | ||
99 | Otros Gastos | 98 | Otros Gastos | ||
10 | Gastos Varios | 19 | Gastos Varios | ||
01 | Consumo Material | 40 | Consumo Material | ||
02 | Servicios Productivos | 70 | Servicios Productivos | ||
03 | Faltantes de Recursos | 86 | Faltantes y Sobrantes | ||
04 | Sanciones | 83 | Sanciones e Indemnizaciones | ||
05 | Indemnizaciones | 83 | Sanciones e Indemnizaciones | ||
99 | Otros | 99 | Otros Gastos no Productivos | ||
3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | ||||
01 | A Empresas del Sector Público No Financiero | ||||
01 | Subsidio por Pérdidas | ||||
02 | Subsidio a Productos y Servicios | ||||
03 | Subsidio Diferencia. Precios Min. | ||||
04 | Subsidio Reb. Precios Min. | ||||
05 | Subsidio Paralizaciones | ||||
06 | Subsidio Garantía Salarial | ||||
07 | Subsidio Inf. Ferroviaria | ||||
08 | Apoyo Sector Agropecuario | ||||
09 | Inventarios Estatales | ||||
99 | Otros Subsidios y Asignaciones | ||||
02 | A Empresas del Sector Público Financiero | ||||
01 | Fondo de Fideicomiso | ||||
99 | Otros | ||||
03 | A Entidades no Pertenecientes al Sector Público | ||||
01 | Subsidio a Organizaciones y Asociaciones | ||||
02 | Ayuda Económica UBPC | ||||
03 | Apoyo al Sector Agropecuario | ||||
99 | Otras | ||||
04 | A los Presupuestos Provinciales y Municipales | ||||
01 | Generales | ||||
02 | De Destino Específico | ||||
05 | Donaciones al Exterior | ||||
06 | Del Presupuesto de la Seguridad Social | ||||
01 | Pensiones a Corto Plazo | ||||
02 | Pensiones a Largo Plazo | ||||
07 | Al Presupuesto de la Seguridad Social | ||||
01 | Contribución Seguridad Social UP. | 03** | Contribución Seguridad Social | ||
02 | Sub. Presupuesto Central | ||||
08 | De la Asistencia Social | ||||
01 | Prestaciones en Efectivo | 15*** | 99 | Otros Gastos no Productivos | |
02 | Prestaciones en Especies | ||||
03 | Garantía Salarial a Trabajadores Disponibles UP | 15 | 99 | Otros Gastos no Productivos | |
99 | Otras | ||||
09 | Estipendios a Estudiantes | 08 | 01 | Estipendios a Estudiantes | |
99 | Otras Transferencias | ||||
01 | Contingencias y Desastres Naturales | ||||
02 | Asignaciones | ||||
99 | Otras | ||||
4 | GASTOS DE CAPITAL | ||||
01 | Inversiones Reales UP. | ||||
02 | Dotación de Cap. de Trab. UP. | ||||
03 | Dep. Act. Fijos Tangibles UP. | Dep. Act. Fijos T. | |||
04 | Amort. Activos Fijos Intangibles UP. | ||||
5 | TRANSFERENCIAS DEL CAPITAL | ||||
01 | A Empresas del Sector Público no Financiero | ||||
01 | Inversiones Reales | ||||
02 | Aumento de Capital de Trabajo | ||||
03 | Inventarios Estatales | ||||
99 | Otras | ||||
02 | A Empresas del Sector Público Financiero | ||||
03 | A Entidades no pertenecientes al Sector Público | ||||
04 | A los Presupuestos Provinciales y Municipales | ||||
05 | Donaciones al Exterior | ||||
06 | Fondo para el Contravalor | ||||
99 | Otras Transferencias | ||||
6 | GASTOS E INV. FINANCIERAS | ||||
01 | Deuda Púb. y Prést. Internos. | ||||
01 | Amortización | ||||
02 | Intereses | ||||
03 | Comisiones y Otros Gastos | ||||
02 | Deuda Publica y Prést. Externos | ||||
01 | Amortización | ||||
02 | Intereses | ||||
03 | Comisiones y Otros Gastos | ||||
03 | Aportes de Capital y Adquisición de Acciones | ||||
04 | Concesión de Préstamos | ||||
01 | Corto Plazo | ||||
02 | Mediano y Largo Plazo | ||||
05 | Adquisición de Títulos y Valores | ||||
06 | Otras Aplicaciones |
NOTAS:
* Gastos de la seguridad a corto plazo.
** Gastos por la Contribución de la Seg. Social a largo plazo.
*** Gastos registrados en varios epígrafes.