PROLOGO A LAS NORMAS CUBANAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA |
La Contabilidad registra, clasifica y resume, en términos monetarios, las operaciones económicas que acontecen en una entidad y por medio de ella se interpretan los resultados obtenidos, representando un medio efectivo para la dirección de la entidad.
Constituye un servicio de excepcional importancia para, entre otros aspectos, facilitar:
La toma de decisiones gerenciales, ya que constituye una eficaz herramienta de dirección
La planeación y el control de las operaciones
El control por áreas de responsabilidad
Las coordinaciones de las actividades desarrolladas
La información a los interesados externos, al Consejo de Dirección y al colectivo de trabajadores
La exigencia por parte de la administración y el análisis de la eficiencia
La formulación, complementación y apreciación de normas administrativas
La Contabilidad no constituye un fin en sí misma, sino que representa un medio para poder llegar a obtener la información requerida para la dirección de la entidad.
Las Normas Cubanas de Información Financiera que entran en vigor son el resultado del proceso de perfeccionamiento del ejercicio de la profesión contable que lleva a cabo el país.
En este proceso, ha tenido un lugar significativo, la existencia de las Normas Generales de Contabilidad para la actividad empresarial y presupuestada, que definían los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas de Valoración y Exposición y el Nomenclador de Cuentas Nacional.
Las Normas Cubanas de Información Financiera que se presentan, están armonizadas con las Normas Internacionales de Información Financiera, teniendo en cuenta las características de la economía cubana.
El proceso llevado a cabo por el Comité de Normas Cubanas de Contabilidad permite que:
Los Estados Financieros elaborados cumplan las citadas Normas en todos los aspectos sustanciales, revelando además este cumplimiento.
Asegura una armonización coherente del contenido de los estados financieros emitidos en el país con las Normas Internacionales Información Financiera vigentes en el momento de armonización a que hace referencia cada Norma Cubana de Información Financiera.
Asegura que los auditores comprueben que los Estados Financieros cumplen en todos los elementos relevantes, con las Normas Cubanas de Información Financiera armonizadas con las Normas Internacionales vigentes.
Se gana en calidad de los Estados Financieros y en cuanto al grado de comparabilidad.
Estados Financieros publicados
El término "Estados Financieros", usados en el párrafo 7, cubre el conjunto de estos, elaborados según las Normas Cubanas de Contabilidad sobre Presentación de Estados Financieros, bien sea para la actividad empresarial, presupuestada o de la administración financiera del Estado cubano.
Las Normas son de aplicación a todas las entidades públicas, privadas, asociaciones económicas internacionales y del sector cooperativo y campesino radicadas en el país; así como a las operaciones derivadas de la administración financiera del Estado cubano.
La dirección de las entidades puede confeccionar estados financieros internos, empleando los criterios que estime más convenientes en relación con el proceso de toma de decisiones. Sin embargo, cuando los estados citados se presenten para información a otras personas, deberán redactarse de conformidad con las Normas Cubanas de Información Financiera.
La responsabilidad, en relación con la preparación y presentación de los Estados Financieros, corresponde al máximo dirigente de la entidad.
Normas Cubanas de Información Financiera
La presentación de los Estados Financieros es objeto de regulación por el Ministerio de Finanzas y Precios, con la asesoría del Comité de Normas Cubanas de Contabilidad.
Se formularán Normas Generales de Contabilidad como resultado de la armonización de las internacionales. Se formularán Normas Específicas de Contabilidad para dar respuesta a hechos económicos no regulados en las generales.
Las interpretaciones contables, serán documentos técnicos emitidos por el Comité de Normas Cubanas de Contabilidad, para abordar temas en discusión y fijar una posición a tenor del Marco Conceptual para la preparación y presentación de los Estados Financieros.
La actividad presupuestada del país encuentra en las Normas Cubanas de Contabilidad el marco de referencia para el registro específico de sus operaciones. Los procesos vinculados con la administración financiera del Estado encuentran su marco normativo contable en las Normas Cubanas de Contabilidad Gubernamental.
Alcance de las Normas
En cada Norma Cubana de Información Financiera se expresará claramente cualquier tipo de limitación, si la hubiere, respecto de su aplicación. Las Normas, que no serán aplicables a partidas de escasa importancia relativa, tendrán vigencia desde la fecha que se indique en las mismas, careciendo de efecto retroactivo a menos que se indique lo contrario.
Entrada en vigor y armonización
En cada Norma Cubana de Información Financiera se expresará la fecha de entrada en vigor de la norma y la referencia a la NIIF o a directivas de Naciones Unidas que se utilizaron en la armonización.
Fuente: Resolución No. 235, Ministerio de Finanzas y Precios, de 30/09/2005